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“Negligencia grave”, “falta de diligencia” o “sesgos retóricos”: Las frases más contundentes del Tribunal Superior de Bogotá en caso Uribe

La lectura en segunda instancia de la condena contra el expresidente determinó que se revoca el fallo inicial. Uribe fue absuelto de todos los cargos.

  • La decisión no fue unánime. Una de las magistradas emitió un voto de salvamento en el fallo del Tribunal Superior de Bogotá.
    La decisión no fue unánime. Una de las magistradas emitió un voto de salvamento en el fallo del Tribunal Superior de Bogotá.
hace 1 hora
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Luego de que en primera instancia la jueza Sandra Liliana Heredia condenó al expresidente Álvaro Uribe Vélez a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal, el Tribunal Superior de Bogotá en la lectura de la sentencia en segunda instancia, absolvió a Álvaro Uribe.

Este es el caso judicial más importante que ha enfrentado hasta el momento el exmandatario. Los sucesos se remontan al 2018 cuando presuntamente el expresidente habría enviado a su abogado, Diego Cadena, a ofrecer incentivos económicos a testigos que lo vinculaban con la creación del Bloque Metro de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) con el objetivo de que cambiaran sus versiones.

“La valoración del Tribunal sobre la ilicitud concluye que se vulneró el derecho a la intimidad, dado que la orden se sustentó en información aparente, sin motivos fundados”

El Tribunal lanzó varias frases contundentes que respaldan su decisión final. Entre ellas, que se le vulneró al expresidente el derecho a la intimidad. Esto, debido a que la interceptación de las comunicaciones de Uribe se basó en datos erróneos, según declararon los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez, Alexandra Ossa Sánchez y María Leonor Oviedo Pinto.

“El error involuntario no desvirtúa la ilicitud, pues la interceptación se basó en datos erróneos, y descubrir tardíamente que el número no correspondía al del excongresista Nilton Córdoba no constituye un hallazgo imprevisto, sino una negligencia grave.”

‘No se demostró que la prueba se hubiera obtenido por medios lícitos’

El Tribunal también determinó que no existió una orden judicial impuesta para interceptar el número de Álvaro Uribe Vélez. La autorización que obtuvieron se justificó por parte de Nilton Córdoba.

“Nunca existió una orden judicial dirigida a interceptar el número de Álvaro Uribe Vélez; la autorización se justificó en la línea de Nilton Córdoba. Además, se conocía el número del exmandatario, lo que refuerza la falta de diligencia en la interceptación”.

“El testimonio de Juan Guillermo Monsalve presenta indicios de parcialidad, motivación por beneficios jurídicos y contradicciones relevantes”

El magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, Manuel Antonio Merchán, señaló en la lectura del fallo de segunda instancia que el testimonio de Juan Guillermo Monsalve, conocido como el testigo estrella, presentaba sesgos por motivaciones jurídicas en el caso. Además, señaló que existieron contradicciones importantes dentro de la investigación.

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