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Itagüí cambió los límites de velocidad en las fotomultas y revoca las sanciones tras la polémica

A quienes pagaron multa por ir a más de 30 km/h en las vías del municipio les devolverán el dinero.

  • Descripción: Itaguí es el municipio con más Cámaras de fotomultas o fotodetección por metro cuadrado en el país. Fecha de evento: 08/04/2025. Foto: Esneyder Gutiérrez Cardona
    Descripción: Itaguí es el municipio con más Cámaras de fotomultas o fotodetección por metro cuadrado en el país. Fecha de evento: 08/04/2025. Foto: Esneyder Gutiérrez Cardona
hace 48 minutos
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La Alcaldía de Itagüí ha formalizado, mediante un decreto oficial, un cambio significativo en las fotomultas del municipio.

La medida, que surge tras una creciente polémica y denuncias ciudadanas, establece un nuevo límite para sancionar el exceso de velocidad en las vías urbanas del municipio y ordena la revocación de comparendos emitidos recientemente bajo criterios que ahora se modifican.

Para contexto, lea: Tras polémica, suspendieron algunas cámaras de seguridad de un municipio del Valle de Aburrá

La controversia se desató el pasado 29 de abril, cuando un conductor recibió un comparendo en la carrera 52 con calle 85, barrio Santa María, por circular a 38 kilómetros por hora.

La multa se basó en que la cámara en ese punto estaba configurada para sancionar velocidades superiores a 30 km/h. Este caso se hizo viral y generó un debate, pues el Código Nacional de Tránsito establece un límite general de 50 km/h para vías urbanas, permitiendo 30 km/h solo en zonas escolares o residenciales, situación que no aplicaba al lugar en cuestión, descrito como zona comercial.

Ante la inconformidad ciudadana, la Alcaldía de Itagüí había anunciado inicialmente una suspensión temporal de los cobros por límites de velocidad inferiores a 50 km/h en tres puntos específicos: la mencionada cámara en Santa María (Carrera 52 con Calle 85), otra en La Aldea (Carrera 52D con Calle 63) y una más en el Centro (Carrera 49 con Calle 50).

El subsecretario de Movilidad, Víctor Arley Sánchez, afirmó que la medida respondía a escuchar a los ciudadanos, buscando un equilibrio entre seguridad vial y los derechos de los ciudadanos. Se anunció una revisión detallada de las multas ya interpuestas en estos puntos y el establecimiento de una mesa de diálogo con el Gobierno Nacional para revisar técnicamente el sistema de fotodetección.

Ahora, el Decreto 545 formaliza y amplía estas decisiones. El artículo primero establece, de manera transitoria, que la fiscalización por exceso de velocidad mediante las fotomultas en todas las vías urbanas del Municipio de Itagüí se realizará a partir de una velocidad superior a cincuenta (50) kilómetros por hora (km/h).

La única excepción a esta regla dentro de la jurisdicción municipal es la Autopista, una vía de carácter nacional, donde la fiscalización continuará realizándose a partir de una velocidad superior a ochenta (80) kilómetros por hora (km/h).

El carácter transitorio y primordialmente pedagógico de esta medida se subraya en el decreto. En él, la alcaldía de Itagüí se compromete a diseñar y ejecutar campañas de cultura ciudadana enfocadas en el respeto a los límites de velocidad y la promoción de la seguridad vial.

Puede leer: Itagüí es el municipio con más cámaras de fotomultas por kilómetro cuadrado en Colombia

Quizás una de las decisiones más relevantes del decreto es la revocación de oficio de los actos administrativos de carácter particular (comparendos) expedidos por fotomultas si la velocidad registrada fue inferior a cincuenta (50) kilómetros por hora (km/h) en el perímetro urbano de Itagüí.

Esta revocación aplica a las infracciones captadas entre el 29 de abril de 2025, fecha en que inició la operación efectiva en al menos un punto, y la fecha de entrada en vigencia del presente decreto (16 de mayo de 2025).

Para aquellos ciudadanos que, previo a la entrada en vigor del decreto, ya hubieran adelantado trámites o incluso pagado comparendos generados en las condiciones ahora modificadas, el decreto establece que podrán presentar una solicitud motivada ante la Secretaría de Movilidad para la evaluación individual de su caso. La administración municipal también ha informado que se devolverá el dinero a quienes ya pagaron, y que deberán acercarse a la Secretaría de Movilidad para solicitarlo.

El decreto también crea un Comité Técnico de Evaluación Trimestral, integrado por la Secretaría de Movilidad y la Secretaría Jurídica municipal, con participación invitada de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Este comité analizará los índices de siniestralidad, evaluará el impacto de la medida transitoria y podrá formular recomendaciones, incluyendo la eventual reducción progresiva del límite de velocidad en tramos específicos de alta siniestralidad o riesgo vial.

Es importante destacar que, a pesar de este ajuste en la fiscalización por exceso de velocidad, las cámaras de fotodetección en Itagüí continuarán operando para detectar otras infracciones de tránsito, tales como no tener el SOAT vigente, la revisión técnico-mecánica vencida o el incumplimiento de la medida de pico y placa.

Itagüí, cabe recordar, es el municipio con la mayor densidad de cámaras de fotodetección por kilómetro cuadrado en Colombia, con nueve cámaras en sus 21 km² urbanos.

La Secretaría de Movilidad local ha justificado esta cantidad por el alto flujo vehicular y la necesidad de reducir la accidentalidad en puntos estratégicos. Aunque no existe una norma nacional que limite la cantidad de cámaras por tamaño o población, la autoridad municipal enfatiza que quien respeta las normas no tiene por qué preocuparse.

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