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A dos días de irse, Gobierno Petro decretó un Banco de Áreas para formalizar a mineros sin título

El Gobierno reglamentó el Banco de Áreas para formalizar pequeños mineros, con terrenos exclusivos y un manual operativo que deberá estar listo en seis meses.

  • El Banco de Áreas para la Formalización Minera reunirá terrenos destinados exclusivamente a procesos de legalización de pequeños mineros en Colombia. FOTO JULIO HERRERA.
    El Banco de Áreas para la Formalización Minera reunirá terrenos destinados exclusivamente a procesos de legalización de pequeños mineros en Colombia. FOTO JULIO HERRERA.
hace 1 hora
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El Gobierno de Gustavo Petro reglamentó el Banco de Áreas para la Formalización Minera mediante el Decreto 0983 de 2026, una herramienta que busca facilitar el acceso de los mineros tradicionales y de pequeña escala a la legalidad mediante la asignación de terrenos destinados exclusivamente para ese propósito.

El documento dice que este mecanismo permitirá identificar, administrar, priorizar y fiscalizar un inventario de áreas que podrán ser entregadas a mineros que actualmente desarrollan actividades extractivas sin un título inscrito en el Registro Minero Nacional, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la normativa.

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Según el decreto, las áreas incorporadas al Banco no podrán destinarse a ninguna otra actividad mientras hagan parte de este inventario, con el propósito de garantizar que sean utilizadas exclusivamente en procesos de formalización minera.

¿Cómo funcionará el Banco de Áreas?

La administración del Banco estará a cargo de la Agencia Nacional de Minería (ANM), que deberá implementar un manual operativo especializado para definir los criterios de evaluación, priorización y asignación de las áreas.

El decreto establece que la gestión y trazabilidad de los terrenos se realizará a través de la plataforma AnnA Minería, herramienta oficial del Sistema Integral de Gestión Minera (SIGM).

Además, la ANM contará con un plazo de seis meses para expedir el manual operativo que establecerá los procedimientos técnicos, sociales y administrativos para el funcionamiento del Banco.

Edwin Palma, ministro de Minas y Energía, aseguró que este mecanismo busca consolidar la política de formalización minera. “El Banco de Áreas busca seguir impulsando la formalización de mineros tradicionales y de pequeña escala, con un mandato claro: en seis meses debe estar listo el manual operativo. La formalización de la pequeña minería ya no depende de la voluntad de un gobierno sino de una norma que ordena entregar tierra a quien la trabaja”, afirmó.

¿De dónde saldrán las áreas destinadas a la formalización?

El Banco de Áreas estará conformado por terrenos provenientes de diferentes fuentes definidas en el decreto.

Entre ellas se encuentran las áreas devueltas por concesionarios como resultado de procesos de mediación, las devoluciones voluntarias de titulares mineros, los predios transferidos por la Sociedad de Activos Especiales (SAE), las celdas liberadas en desarrollo de la Ley 2250 de 2022, los títulos terminados por renuncia con destinación expresa para procesos de formalización y las áreas provenientes de proyectos de inversión estatal que hayan finalizado.

El decreto también contempla áreas recuperadas por el Estado y otros terrenos que puedan ser incorporados para fortalecer la sostenibilidad ambiental y social del sector minero.

¿Quiénes podrán acceder a estas áreas?

Los principales beneficiarios serán los mineros tradicionales, informales de pequeña escala o de pequeña minería que actualmente desarrollan actividades sin título minero y que tengan vocación de formalización.

Para acceder al mecanismo no podrán contar con solicitudes o títulos mineros vigentes y deberán ajustarse a los lineamientos definidos en el Plan Único de Legalización y Formalización Minera (PULFM) o al instrumento que lo sustituya.

El decreto establece dos escenarios para acceder al Banco. El primero corresponde a quienes ya realizan actividades de explotación técnica y económica dentro de las áreas incorporadas al inventario. El segundo aplica para quienes deban ser reubicados debido a restricciones ambientales o sociales que impidan continuar la actividad en su lugar de origen.

En ambos casos, los interesados deberán cumplir los criterios que establezca el manual operativo de la Agencia Nacional de Minería.

¿Cómo funcionará la reubicación de mineros?

El nuevo mecanismo contempla la reubicación de mineros tradicionales cuando existan restricciones ambientales o sociales que hagan inviable su permanencia en las zonas donde actualmente desarrollan su actividad.

Para acceder a este proceso será indispensable que el minero manifieste expresamente su voluntad de ser trasladado hacia una de las áreas disponibles dentro del Banco.

La autoridad minera deberá definir los análisis técnicos y sociales para evaluar cada caso, establecer criterios de priorización y, posteriormente, adelantar la asignación del terreno mediante propuestas de contrato de concesión u otros mecanismos contemplados en la legislación vigente.

Con este esquema, el Gobierno busca equilibrar la protección ambiental con la continuidad de la actividad minera dentro de un marco legal.

¿Qué pasará con las áreas que no sean asignadas?

El decreto establece que, si transcurren dos años desde la incorporación de un área al Banco y esta no ha sido asignada para procesos de formalización, siempre que se haya cumplido con la debida publicidad del proceso, la autoridad minera podrá liberarla para ser otorgada mediante el régimen ordinario de contratación minera.

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De esta manera, se busca evitar que los terrenos permanezcan sin uso y garantizar una administración eficiente de los recursos mineros del Estado.

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Bloque de preguntas y respuestas

¿Quiénes podrán acceder al Banco de Áreas para la Formalización Minera?
Podrán acceder los mineros tradicionales, informales de pequeña escala o de pequeña minería que desarrollen actividades sin un título inscrito en el Registro Minero Nacional, no tengan solicitudes o títulos vigentes y demuestren vocación de formalización, de acuerdo con los requisitos establecidos en el decreto.
¿Quién administrará el Banco de Áreas para la Formalización Minera?
La administración estará a cargo de la Agencia Nacional de Minería (ANM). Además, la entidad será responsable de gestionar el inventario de áreas mediante la plataforma AnnA Minería y de expedir el manual operativo que regulará el funcionamiento del mecanismo.

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