El presidente Gustavo Petro está empecinado en hacer su consulta popular. Aunque la reforma laboral revivió en el Congreso de la República, el Gobierno volvió a radicar en el Senado un paquete con las mismas 12 preguntas y otras 4 adicionales referentes a la salud en la consulta.
La razón para insistir en este mecanismo es una supuesta obstrucción en el Congreso sobre “la posibilidad de que los colombianos decidan en las urnas la suerte de la reforma laboral”.
El Ejecutivo aseguró que agregó preguntas sobre la salud porque considera que hay “una pretensión” de hundir por segunda vez la reforma que va en ese sentido en Comisión Séptima del Senado.
No obstante, expertos aseguran que las nuevas preguntas de la consulta son “más de lo mismo”, porque hay normas vigentes que regulan lo propuesto.
Para opositores, la insistencia obedece a que “al Gobierno no le importan las reformas, sino comenzar campaña con esta consulta” de cara al 2026.
Por ejemplo, el exministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, consideró un despropósito “derrochar” recursos en una consulta popular; más, teniendo en cuenta que ambas reformas (trabajo y salud) están vivas en el Legislativo y que el Gobierno tiene una caja apretada y cualquier peso es valioso en este momento.
A continuación el análisis de las nuevas preguntas y lo que podría haber detrás.
1. ¿Está de acuerdo con que el gobierno nacional compre o produzca los medicamentos necesarios para garantizar la entrega completa y oportuna a los pacientes?
El principal cuestionamiento sobre esta propuesta es que, de aprobarse, podría llevar a una mayor estatización del sistema de salud. En otras palabras, si el Gobierno produce los medicamentos, se podría nacionalizar la industria farmacéutica.
Otro punto es que se trata de una pregunta innecesaria. José Manuel Restrepo, rector de la Universidad EIA, manifestó que este mandato legal ya existe: “Lo que falta es implementación institucional y presupuestal por decretos”.
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El académico se refiere a lo estipulado en la Ley 2386 de 2024, que obedece a la Política Nacional de Investigación, Desarrollo Tecnológico, Innovación y Producción Farmacéutica.
Allí se habla de promover la producción nacional de medicamentos, garantizar el acceso, regular precios y fomentar la reindustrialización farmacéutica.
2. ¿Está de acuerdo con que las EPS dejen de ser intermediarias financieras, se transformen en gestoras de salud y la ADRES pague directamente a Hospitales y Clínicas?
Esta fue una de las preguntas que más observaciones despertó. Lo primero que se debe expresar es que el Estado ya puede hacer el pago directo a hospitales y clínicas sin necesidad de esta consulta.
De hecho, el Ministerio de Salud publicó un proyecto de decreto con el que busca incrementar a por lo menos 90% los recursos que gira directamente a las IPS.
Adicional, el Decreto 489 de 2024 permite el giro directo desde la ADRES cuando las EPS están intervenidas o presentan problemas financieros.
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Además, Juan Carlos Hermosa Rojas, exmagistrado del Tribunal Administrativo de Antioquia, considera que asume una postura limitada de las tareas de las EPS, ya que no solo son intermediarias financieras, sino que también desarrollan funciones como el aseguramiento.
La mayor preocupación es sobre el intento de politizar el sistema, repetir los errores del extinto Seguro Social e incluso del sistema de salud de los maestros, el Fomag —Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio—, con problemas financieros y de atención.
3. ¿Está de acuerdo en que se garantice a los colombianos un modelo de atención primaria en salud, preventivo y resolutivo, con ampliación de los servicios especializados necesarios, de carácter público, privado y mixto?
Algunos consultados calificaron esta pregunta como “engañosa”. Justifican que la atención primaria de salud ya existe en el país.
José Manuel Restrepo alegó que hay varias normas y no se necesita hacer una consulta para esto. Y citó algunos ejemplos que permiten avanzar en la estrategia de atención primaria.
Recordó, por ejemplo, la Ley 1438 de 2011, que define la atención primaria en salud como eje central del sistema, con un enfoque territorial, promoción, prevención, participación comunitaria y autocuidado.
Asimismo, la Ley Estatutaria 1751 de 2015, que reconoce el modelo de salud como derecho fundamental y exige que sea centrado en la prevención.
4. ¿Está de acuerdo con establecer un régimen laboral especial que garantice a los empleados y trabajadores de la salud la vinculación formal, los derechos laborales y el salario justo?
Hay recursos vigentes que actualmente permiten garantías dignas y defienden los derechos laborales de los trabajadores de la salud. Por ejemplo, el artículo 143 del Código Sustantivo del Trabajo, que recoge reglamentación sobre la remuneración justa.
No se puede dejar de lado la Sentencia C-171 de 2012, que dio visto bueno a que las empresas sociales del Estado pudieran operar mediante terceros solo si no se trata de funciones permanentes o propias, o si estas no pueden ser realizadas por el personal de planta o requieren conocimientos especializados.
Además, la Corte instó a empleadores públicos y privados a respetar el vínculo laboral en funciones permanentes, garantizando contratos y derechos laborales.
Además, esta pregunta de la consulta cuenta con una condición que no es ajena a los anteriores. Pareciera ser obvia, por lo que cualquier ciudadano se inclinaría por contestar de forma afirmativa.
Para los analistas consultados, este tipo de interrogantes poco objetivos y neutrales terminan por inducir una respuesta específica.
De ahí que el exmagistrado Hermosa Rojas considera que esta pregunta y casi la mayor parte de la consulta no cumple con los estándares de claridad y lealtad que plantea la Corte Constitucional en la Sentencia Vinculante C-551 de 2003. “Son tendenciosas y manipulativas”, expresó.
Ahora solo resta esperar qué decidirá el Congreso, que hace tan solo una semana rechazó el primer envión del Gobierno en su consulta.
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