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Ratifican multa contra el presidente Petro por casi $18 millones por no retractarse en redes

La decisión fue adoptada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

  • Presidente Gustavo Petro. Foto: Colprensa
    Presidente Gustavo Petro. Foto: Colprensa
hace 41 minutos
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Este lunes se confirmó una sanción contra el presidente de la República, Gustavo Petro, luego de que la justicia determinara que incurrió en desacato al incumplir una orden judicial que le exigía retractarse y ofrecer excusas públicas al representante legal de Coosalud, Jaime Miguel González Montaño.

La decisión fue adoptada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que resolvió modificar la sanción inicialmente impuesta.

En lugar de los 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes, fijados por el Juzgado 24 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, el tribunal redujo la multa a 10 salarios mínimos, lo que equivale a $17.509.050 para este año.

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El proceso se originó a partir de una acción de tutela presentada por González Montaño, quien alegó vulneración de sus derechos fundamentales a la honra, buen nombre y debido proceso.

Esto ocurrió tras declaraciones públicas del presidente Petro en las que lo calificó como “corrupto” y lo vinculó con el presunto desvío de recursos del sistema de salud.

En una decisión previa, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca concedió el amparo solicitado y ordenó al jefe de Estado retractarse y presentar excusas públicas en un plazo de cinco días desde la notificación del fallo.

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El incumplimiento de esta orden, emitida en la sentencia del 11 de noviembre de 2025, fue el elemento central para la imposición de la sanción por desacato.

Según la justicia, el mandatario no acató lo dispuesto dentro del término establecido, lo que activó el mecanismo sancionatorio previsto en la normativa vigente. Con esta decisión, queda en firme la multa ajustada, así como el señalamiento de desacato por parte del alto tribunal.

El origen del fallo

Petro ha llamado al exgerente Jaime González “corrupto”. De hecho, un juez administrativo de Bogotá sancionó al presidente con una multa de 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes por incumplir un fallo de tutela y no retractarse de haberlo acusado, sin pruebas.

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Lejos de hacerlo, el pasado 15 de abril el presidente reafirmó su postura: “Corruptos y ladrones de la salud son corruptos y ladrones. Pueden arruinarme con multas y cárcel si quieren, como hicieron cuando salí de la alcaldía, pero no me callaré ante el robo de la salud”.

¿Por qué se tomó la decisión de suspender la intervención?

La decisión de suspender la intervención respondió a una acción popular que fue presentada por la Red Integrada de Prestadores de Servicios de Salud S.A.S (Multiservicios OL) y los ciudadanos Jaime Miguel González Montaño y Natalia Largo González.

Estos aseguraron que “la reiterada rotación de agentes interventores y la prolongación de la medida han configurado un perjuicio irremediable que afecta la continuidad, oportunidad y calidad en la prestación del servicio público esencial de salud”.

En términos técnicos, el tribunal decretó la suspensión provisional de la resolución con la que la Supersalud dispuso la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar a Coosalud EPS S.A.

El documento señaló, además, que después de la intervención de la EPS Coosalud se reportó un mayor número de quejas y acciones de tutela en contra de la entidad, y sus indicadores financieros registraron un deterioro significativo.

Uno de los indicadores que muestra el documento se refiere, concretamente, al incremento del 21% en el número de acciones de tutela por temas relacionados con la prestación del servicio de salud. Se pasó de 16.771 en la vigencia de 2024 a 20.216 al cierre de la vigencia de 2025.

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