El Consejo de Estado acaba de ordenarle a la justicia en Antioquia que tiene que revisar su decisión original y emitir una nueva sentencia que subsane las graves omisiones que cometió en el proceso y que le negaron una justicia más amplia a las víctimas de una de las masacres cometidas por los paramilitares en el Oriente antioqueño.
Al acoger la solicitud de la Procuraduría General de la Nación, el Consejo de Estado amparó los derechos fundamentales al debido proceso, la igualdad y el acceso a la administración de justicia de los familiares de cinco personas asesinadas por miembros de las Autodefensas Unidas de Córdoba y Urabá, en Santuario, Antioquia, el 28 de noviembre de 1996.
Lea: Condenan a miembro de la banda criminal “La 40” por homicidio de líder comunal de Castilla
En fallo de tutela, los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo ordenaron al Tribunal Administrativo de Antioquia proferir, en un plazo no mayor a 20 días, una nueva sentencia donde apliquen los criterios de flexibilización probatoria para graves casos por violación a los derechos humanos, los cuales fueron desconocidos por esa instancia en desarrollo de un proceso de reparación directa interpuesto por los familiares de las víctimas de esa masacre.
En su concepto, el Procurador Quinto Delegado ante el Consejo de Estado señaló que el Tribunal Administrativo de Antioquia desconoció los estándares mínimos de flexibilidad probatoria, y que en el expediente obraban medios de prueba que no fueron debidamente valorados, como las versiones libres y declaraciones de testigos, entre ellos exjefes paramilitares, que relataron los vínculos y apoyo de terceros a grupos de justicia privada en la región.
Por esa razón, sostuvo que el Tribunal “incurrió en un defecto sustantivo porque soslayó las obligaciones derivadas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, en especial las que exigen al Estado investigar y sancionar las graves violaciones a los DD. HH., entre los que se cuentan la Declaración Universal de los DD. HH., la Convención Americana de los DD. HH. y los Convenios de Ginebra.
En la masacre fueron ultimados cinco hombres que vivían en el municipio de Cocorná, Antioquia, quienes fueron sacados a la fuerza de sus viviendas por miembros de ese grupo paramilitar. Sus cuerpos fueron hallados horas después con signos de tortura muy cerca al municipio de Santuario, en un lugar conocido como ‘La Mayoría’. Las víctimas se desempeñaban como vendedores ambulantes en la región.
Lea: ¿Habrá justicia para las 18 iglesias y bienes culturales que destruyó la guerra en Antioquia?
El Santuario, así como los municipios vecinos del Oriente antioqueño, fueron epicentro de todo tipo de violaciones de derechos humanos por parte de las nacientes autodefensas. Allí, según han documentado el Centro Nacional de Memoria Histórica y la Comisión de la Verdad, se convirtieron en “jueces” pagados por comerciantes y empresarios para cometer masivamente lo que llamaron “limpieza social”.
En todos los documentos sobre el conflicto armado en el Oriente antioqueño aparece este concepto, que según testimonios de los propios paramilitares se trató de un eufemismo con el que cometieron asesinatos selectivos de personas que, supuestamente, iban en contravía de las leyes y las normas de convivencia. Se han conocido casos, incluso en el propio El Santuario, de que el desaparecido F2 y posteriormente el Gaula operaron en llave con paramilitares para desaparecer a decenas de personas: vendedores informales, transportadores, jóvenes, líderes comunitarios.