¡Histórico! Congreso aprueba reforma laboral: así cambiará la vida de los trabajadores
Mayores recargos dominicales, contrato indefinido como regla general, formalización para artistas y deportistas, entre otros cambios. Aquí le explicamos lo fundamental.
Congreso concilio los textos de Cámara y Senado. FOTO: Camilo Suárez
Las reformas del Gobierno Petro han sido el tema de esta semana. La laboral recibió el visto bueno del Congreso de la República tras ser aprobada conciliada por los legisladores. Ahora, solo resta la firma del presidente Gustavo Petro para que el proyecto pase a ser Ley de la República, un paso que materializará varios cambios en el sistema laboral del país.
Este viernes 20 de junio, justo cuando termina la actual legislatura, el Congreso de la República votó la conciliación del texto aprobado esta semana en el Senado, que representa más del 85% de lo discutido previamente en el legislativo y aprobó la reforma laboral.
Es decir, ambas cámaras le dieron el visto bueno, el texto pasará directamente a la Casa de Nariño para ser sancionado por el presidente.
La reforma tendrá efectos sobre los trabajadores de todos los sectores económicos: trabajadores domésticos, aprendices del Sena, personas que teletrabajan, mejor dicho, sobre más de 10 millones de ciudadanos que cuentan con un trabajo, según datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane.
María Fernanda Carrascal, representante a la Cámara por el Pacto Histórico, dialogó con EL COLOMBIANO. La legisladora argumentó que esta ley está pensada para retornarle derechos a los trabajadores colombianos.
Ante la pregunta de cómo les cambiará la vida a las personas, respondió: “Esta reforma beneficia a esas personas que ganan uno o dos salarios mínimos, que viven del día a día, a esa clase trabajadora asalariada. Necesitamos que tengan más ingresos para que puedan hacer realidad sus sueños, para que puedan pagar sus gastos, sus facturas, sus servicios, la colegiatura de sus hijos, que puedan, incluso, endeudarse y que tengan capacidad de pago”, indicó.
En la óptica de la legisladora, estos beneficios se lograrán con la mejora en los ingresos. Eso por medio de los recargos en dominicales, festivos, jornada laboral, pero también en la conquista de prestaciones para ciertos sectores específicos como los aprendices del Sena.
La lectura de Carrascal obedece a que estos elementos que mejoran la liquidez de los asalariados tendrían un impacto positivo en la economía, pues se proyecta que a raíz de más plata en el bolsillo, pues mejore el consumo, se dinamicen las ventas de las compañías y, por ende, los empleos se mantengan.
La otra cara de la moneda
Ahora, no todas las lecturas son tan optimistas. Eso porque reconocen que el texto es un avance en garantías y derechos laborales para los asalariados que cuentan con un trabajo formal, pero se deja de lado uno de los problemas estructurales más grandes del mercado laboral: la gente que vive de un trabajo informal.
Elizabeth Jiménez, abogada socia del Área Derecho Laboral y Gestión Migratoria de la firma Arrubla Devis Asociados, explicó que el 57% de la población que trabaja en Colombia no tiene un contrato de trabajo formal, es decir, en gran parte no tiene acceso a la seguridad social y mucho menos a prestaciones sociales.
Para la abogada, la nueva reforma desmejoró con la eliminación del artículo 9, que incluía unas normas para garantizar la estabilidad laboral reforzada. En palabras de la jurista, ese artículo buscaba delimitar los casos de estabilidad laboral reforzada y aclarar, por ejemplo, cuándo podía una empresa proceder a la terminación de ese contrato sin caer en la discriminación del trabajador. “Era una oportunidad para buscar aclarar esas reglas y esa delimitación de casos en los que se procedía la estabilidad laboral, pero fue eliminado”, anotó.
Precisamente esa anotación ha sido una de las mayores críticas de los analistas, incluso, los gremios económicos y los analistas advirtieron una y otra vez que la reforma puede incidir en un incremento de la informalidad laboral en el país. Eso, con el argumento de que no se incluyó una exención de costos laborales para las pequeñas y microempresas, por lo que muchas, al no poder asumir más gastos, pues preferirían pasar a la informalidad para eludir el incremento de recargos dominicales, festivos y la jornada nocturna a partir de las 7 de la noche.
No obstante, las condiciones de trabajo sí cambiarán para muchos trabajadores. EL COLOMBIANO consultó, por lo menos, ocho factores que tendrán una transformación:
Trabajadores domésticos tendrán contrato escrito
Las reglas de juego serán novedosas para el trabajo doméstico. La reforma busca la formalización del trabajo doméstico remunerado.
Así es, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones será el encargo de desarrollar los lineamientos para crear un sistema de información para el registro de los empleados domésticos en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) para su posterior formalización.
Así, los trabajadores y las trabajadoras del servicio doméstico deben ser vinculados mediante contrato de trabajo escrito.
De esa forma, estas personas tendrán derecho al reconocimiento de prestaciones sociales y salud. Esto, en cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En Colombia se estima que hay al menos 700.000 mil personas que se dedican a esta actividad, el 94% son mujeres.
La noche será más temprano
La jornada nocturna hoy para los trabajadores colombianos comienza a las 9:00 de la noche, desde esa hora se recibe un recargo del 35% adicional por hora ordinaria laborada.
Eso cambiará una vez entre en vigencia la reforma laboral. El Congreso decidió que la jornada nocturna será a partir de las 7:00 p.m. y culminará a las 6:00 a.m. del día siguiente, sin exención especial para mipymes o sectores como bares, discotecas y demás sitios que dependen de este horario para facturar.
Actualmente, un empleado que devenga un salario mínimo y trabaja gana por hora más recargo nocturno $8.355, mientras que para un trabajador que devenga $2 millones, le sale en $11.250.
Esta norma tendrá vigencia seis meses después de que el presidente de la República sentencie la nueva ley. Algunos analistas consideran que muchas empresas podrían llegar a reducir la nómina de empleados para mitigar el impacto.
Mayor salario para aprendices del Sena
Se estima que Colombia cuenta con unos 400.000 estudiantes del Sena que realizan su práctica con una empresa que los apadrina.
El beneficio para estas personas radican en que ahora las empresas estarán en la obligación por ley de acogerlos bajo un contrato laboral y garantizarles las prestaciones sociales como a cualquier trabajador formal.
Así las cosas, un estudiante en su etapa lectiva pasará de recibir $711.750 (50% de un salario mínimo) a $1.067.625 (75% del salario mínimo). A esto se suma el aporte de salud y el pago de riesgos laborales, que antes tampoco se tenían.
Claramente los beneficios serán más notables en la etapa de práctica. Allí el salario subirá de un 75% de un salario mínimo a reconocerse el monto completo, es decir $1.423.500 para este año.
Además, tendrá derecho a vacaciones, prima de servicios, subsidio de transporte, cotización a pensión, salud, ARL y aporte a caja de compensación.
Adicional, el tiempo correspondiente a la fase práctica deberá ser certificado por la empresa y se reconocerá como experiencia laboral para el aprendiz.
Contrato definido tendrá límites
Es un hecho que la reforma laboral cambiará de manera importante la forma en cómo las empresas contratan a los trabajadores. Una de las figuras más utilizadas es el contrato a término fijo, es decir con una duración específica. Ahora la reforma cambia el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo, con lo cual modificó el tiempo por el que un empleador puede contratar a una persona por termino fijo.
Una vez la reforma entre en vigencia, las empresas no podrán contratar por más de cuatro años a una persona por contrato a término fijo, porque en ese caso pasará a ser un contrato a término indefinido.
En palabras sencillas, las empresas ya no podrán estar renovando sin límites los contratos a término definido por más de cuatro años.
Además, la regla general para los empleadores será recurrir al contrato a término indefinido. Este cambio busca crear mayor estabilidad en las relaciones laborales y a los trabajadores. Y si bien se le resta importancia a los contratos por prestación de servicios, estos seguirán en pie en la legislación colombiana.
Se ganará más los domingos y festivos
El texto conciliado planteaba un incremento de los recargos dominicales y festivos al 80% en 2025, 90% en 2026 y 100% en 2027.
Para tener claro el impacto de estos cambios, vale la pena hacer las cuentas con calculadora en mano: por ejemplo, un empleado que devenga un salario mínimo ($1.423.500) en 2025, recibe $6.189 por hora diurna ordinaria; además, hoy, ese empleado recibe una remuneración de $10.831 por recargo en festivo o dominical. su pago por hora diurna dominical y festiva podría escalar hasta los $12.378 (con un recargo del 100% en 2027). Eso quiere decir que esa persona recibiría $99.024 por su jornada diurna de trabajo dominical de 8 horas. El pago actual es de $86.648.
Ahora, ¿si se trata de horas extras diurnas o festivas?, pues el aumento será más honeroso. Hoy, un empleado de salario mínimo tiene derecho a un pago de $12.378 por hora extra con recargo dominical y festivo. Con los cambios de la laboral implementados, esa remuneración por hora sería de $13.925.
¿Y si es sueldo es más alto?, por ejemplo, un ciudadano que devengue un sueldo de $2 millones, podría estar cobrando sin reforma $16.666 por una hora extra en jornada diurna dominical, pero esa cuenta ascendería a los $18.749 con los cambios aprobados. Cabe destacar que esto es para todos los empleados que cuenten con un contrato laboral legal y sin exenciones.
Auxilio de conectividad
El teletrabajo quedó formalmente regulado como una modalidad laboral bajo los ojos de la nueva reforma laboral.
Si una persona que teletrabaja devenga menos de dos salarios mínimos mensuales (aproximadamente $2,6 millones) y trabaja bajo alguna modalidad de teletrabajo, el empleador está en la obligación de otorgarle un auxilio económico de conectividad.
Hay que precisar que este auxilio sustituye al de transporte ($200.000), por lo que el trabajador no contará con ambas ayudas al tiempo.
Aunque no se considera parte del salario, el auxilio de conectividad sí se incluye como base para el cálculo de prestaciones sociales, lo que implica que se tiene en cuenta para liquidar primas, cesantías y vacaciones.
Contrato especial para deportistas y artistas
En dos de sus artículos se formaliza la actividad laboral para deportistas y artistas. Para el caso de los últimos crea un contrato laboral para el trabajador de las artes y la cultura. Este deberá formalizarse por escrito, detallando su objeto, duración, retribución acordada y días de pago.
Para los deportistas profesionales nacionales o extranjeros, con relaciones con clubes, ligas, federaciones o demás, tendrán que ser vinculados y vinculadas por mediante contrato de trabajo especial.
Más empleos para las personas con discapacidad
Las personas con discapacidad no quedaron fuera de la reforma. Ahora, las empresas con hasta 500 empleados deberán contratar o mantener al menos dos trabajadores con discapacidad por cada 100 trabajadores, es decir, en ese caso deberían tener 10 personas con discapacidad en la nómina.
A partir de 501 empleados, deberán agregar al menos un trabajador con discapacidad adicional por cada tramo de 100 empleados que suba la nómina. Esta obligación se calcula con base en el total de trabajadores permanentes de la empresa.
Nada impide que las compañías, si así lo desean, puedan superar voluntariamente el número mínimo requerido de contrataciones. Las personas con discapacidad contratadas deben contar con la certificación correspondiente, expedida según las normas.