¿Por qué suspendieron a David Loaiza?
El 10 de agosto de 2023, el laboratorio Deutsche Sporthochschule de Colón, Alemania, acreditado por la Agencia Mundial Antidopaje, le comunicó a la Unidad Antidopaje de la Conmebol que en la prueba que le realizaron al jugador el 19 de julio de ese año, después del partido contra San Lorenzo de Almagro por los play-off a los octavos de final de la Copa Sudamericana, encontraron presencia de Furosemida.
La Furosemida es un medicamento que se utiliza para tratar el exceso de líquidos contenidos en los tejidos corporales que, desde hace varios años, la Agencia Mundial Antidopaje incluyó en la lista de sustancias cuyo uso estaba completamente prohibido por parte de deportistas tanto en competencia, como fuera de ellas porque, por los efectos que produce, puede ser un enmascarante: ayudar a eliminar con rapidez los restos de otras sustancias en el cuerpo.
Por el positivo de esa sustancia, Loaiza fue suspendido provisionalmente, a inicios de septiembre del 2023. El último partido que el volante paisa, de 32 años, disputó como profesional fue el 2 de septiembre de ese año, cuando jugó en el empate 1-1 entre Jaguares y el Medellín, válido por la novena fecha del Clausura, que se disputó en el estadio Jaraguay de Montería. Ese día estuvo en cancha hasta el minuto 70. Lo cambiaron por Daniel Torres.
Después de eso empezó un calvario para el futbolista que llevó a que, desde febrero del 2024 el futbolista no pudiera nisiquiera entrenar con el DIM, club que le brindó su apoyo en la situación y que, incluso después de que Conmebol ratificara la decisión de no dejarlo jugar, le dio trabajo como entrenador en las divisiones menores.
¿Por qué se extendió la suspensión de David Loaiza hasta 2027?
La sanción de Loaiza se ratificó el 26 de febrero del 2024, cuando la Comisión Disciplinaria de Conmebol notificó su decisión sobre el expediente D-11-23, en el que falló que el futbolista infringió los artículos 6 y 7 del Reglamento Antidopaje del ente rector del fútbol suramericano en los que se establece los futbolistas se pueden sancionar porque se encuentre presencia de una sustancia prohibida en una muestra que le tomen y el uso, o intento de uso de esas sustancias o métodos prohibidos.
El expediente fue abierto en octubre del 2023. Entonces, Loaiza se defendió. En la defensa presentó varios documentos con los que pretendía probar que la sustancia llegó a su cuerpo de manera indirecta. Uno de esos fue una factura de la Droguería ZEA por la compra del medicamento Diuremax, que sirve para disminuir y controlar la presión arterial, que tenía fecha del 14 de julio de 2023.
Esa misma prueba fue presentada en la apelación que solicitó el futbolista ante el Tribunal de Arbitraje Superior, TAS, que inició el 29 de abril del 2024. El documento fue aportado por Loaiza en la declaración que presentó el 20 de mayo de 2024. No obstante, Conmebol respondió a la apelación diciendo que la factura había sido falsificada.
Según se informa en los argumentos presentados por la defensa de Conmebol en la audiencia realizada por el TAS el 21 de agosto de 2025, la factura presentada por Loaiza tenía la fecha alterada porque, cuando consultaron en la Droguería ZEA por el documento con número de facturación POS 1060045 solo aparecía en su registro la de una compra hecha el 20 de noviembre del 2023 a las 5:11 de la noche. “eso deja en evidencia que el documento presentado por el jugador es falso”, asegura el documento.
El ente rector del fútbol, por su parte, agregó que “existen serios indicios que refuerzan la hipótesis de falsificación, como la conveniencia de una fecha en la factura aportada por Jugador que ubicaba la compra de
“Diuremax” pocos días antes de la toma de la muestra que arrojó el resultado analítico adverso”. Con esos argumentos, Conmebol informó que se mantenía firme en la decisión que tomó el 4 de diciembre de 2024 en la que estableció que Loaiza fue hallado culpable de infringir el artículo 10 del Reglamento Andidopaje por presentar un documento falso.
El futbolista y sus apoderados se defendieron diciendo que, por un lado, la Conmebol no siguió el debido proceso para recolectar el documento que probaba la presunta falsedad de la factura porque no solicitaron la información a nombre de la entidad. Además, dijeron que el caso D-13-24 (el de la facturación), tuvo como soporte de la decisión una foto enviada por WhatsApp –se las mandó la farmacia–.
Además, la defensa del futbolista, quien el 3 de septiembre del 2024 comunicó al TAS su decisión de desistir del recurso de apelación que presentó por el presunto caso de dopaje, aseguró que no era viable que se tomara una decisión de suspensión en un caso que ya había sido juzgado y cuya fecha de finalización era el 6 de septiembre del 2025.
Teniendo en cuenta esos argumentos, así como el marco jurídico del Tribunal del Deporte, el TAS rechazó la apelación presentada por Loaiza y ratificó la decisión de la Comisión Disciplinaria de la Conmebol, emitida el 4 de diciembre del 2024, en la que se resolvió que tendría que pagar otros dos años de suspensión –hasta septiembre del 2027–, por presentar un documento falso.
Para el momento en que termine la sanción, el futbolista estará cerca de cumplir 34 años de edad. Sin embargo, sumará ya cuatro años sin tener actividad en el fútbol profesional. Será difícil que lo vuelvan a contratar o que sume minutos. No obstante, podría ocurrir, como pasó en su momento con Daniel Londoño, quien regresó después de una suspensión por un presunto positivo por Boldenona.