Antes de que Gustavo Petro abandone la Casa de Nariño y Abelardo De La Espriella asuma oficialmente el poder, una de las tradiciones más arraigadas de los relevos presidenciales en Colombia quedará por fuera del protocolo. Por primera vez en mucho tiempo, no se realizará la ceremonia en la que el jefe de Estado saliente impone a su sucesor las principales condecoraciones de la República.
La relación entre ambos mandatarios no ha sido la ideal desde la campaña de Abelardo. Sus posiciones completamente disímiles no han encontrado un punto de tregua, ni siquiera a un día de la posesión.
La ausencia de este encuentro no solo tiene una carga política y simbólica. También abre una discusión sobre el alcance de las normas que regulan estas distinciones honoríficas, pues varios de los decretos que las reglamentan establecen que deben ser entregadas al presidente electo antes de que tome posesión del cargo.
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Una tradición presente en los cambios de gobierno
Históricamente, antes de asumir el cargo, los presidentes electos han recibido algunas de las más altas distinciones del Estado, entre ellas la Orden de Boyacá, la Orden de San Carlos y la Orden Nacional al Mérito. La ceremonia, encabezada por el mandatario saliente, es considerada como uno de los principales símbolos de continuidad institucional entre gobiernos.
Más que reconocimientos honoríficos, estas condecoraciones cumplen una función institucional. El presidente de la República ejerce como Gran Maestre de las principales órdenes del Estado y, por esa condición, es quien puede conferirlas. Por ello, antes de asumir el cargo, el mandatario electo recibe tradicionalmente estas distinciones de manos de su antecesor, ya que no puede otorgárselas a sí mismo una vez llegue al poder.
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¿Quiénes la han recibido?
La práctica se ha mantenido durante los más recientes relevos presidenciales. En agosto de 2022, Iván Duque condecoró a Gustavo Petro en una ceremonia realizada en la Casa de Nariño. Cuatro años antes, Juan Manuel Santos hizo lo propio con Duque, en una tradición protocolaria que se ha preservado más allá de las diferencias políticas entre los gobiernos. Hasta ahora.
El interrogante surge porque dos de las principales condecoraciones del Estado cuentan con reglas expresas sobre su entrega.
¿Qué dicen los decretos sobre la Orden de Boyacá y la Orden de San Carlos?
El Decreto 770 de 1982 establece que el presidente saliente debe imponer al presidente electo la Orden de Boyacá en el grado de Gran Collar antes de concluir su mandato.
De igual forma, el Decreto 2397 de 1954 dispone que el Collar de la Orden de San Carlos sea entregado al mandatario entrante por el jefe de Estado saliente antes de la posesión. En contraste, la normativa de la Orden Nacional al Mérito reconoce al presidente como Gran Maestre de la orden, pero no contempla una obligación similar respecto de su entrega al presidente electo.
Aunque la ausencia de la ceremonia no tendría efectos sobre las facultades del nuevo mandatario, pues la condición de Gran Maestre deriva de la investidura presidencial, con este gesto se estaría reafirmando la negativa del gobierno saliente a encontrar puntos de encuentro con el entrante. Uno que ya quedó evidenciado luego que se fracturara completamente el proceso de empalme.
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Bloque de preguntas y respuestas:
- ¿Por qué Gustavo Petro no entregará las condecoraciones a Abelardo De La Espriella antes de la posesión?
- La entrega de condecoraciones no se realizará debido a la fuerte tensión política y las posturas irreconciliables entre ambos mandatarios. A diferencia de transiciones anteriores, el distanciamiento ideológico y la fractura total del proceso de empalme llevaron a prescindir de esta tradicional ceremonia de relevo institucional.
- ¿Qué condecoraciones debe recibir un presidente electo en Colombia y qué normas las regulan?
- Tradicionalmente, el presidente electo recibe la Orden de Boyacá (Gran Collar, bajo el Decreto 770 de 1982), la Orden de San Carlos (Collar, regulada por el Decreto 2397 de 1954) y la Orden Nacional al Mérito. Las dos primeras exigen de forma expresa que sean entregadas por el mandatario saliente antes de la toma de posesión.
- ¿Afecta la falta de condecoraciones las facultades constitucionales del nuevo presidente al asumir el cargo?
- No, la ausencia de la ceremonia protocolaria no altera ni limita los poderes del presidente electo. La condición de Gran Maestre de las órdenes del Estado deriva automáticamente de la investidura presidencial al momento de tomar posesión del cargo.