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Las mentiras de Daniel Quintero sobre la consulta del Pacto Histórico, ¿qué sigue?

Daniel Quintero dejó una serie de afirmaciones que no coinciden con las normas ni con los hechos sobre la consulta del Pacto Histórico.

  • Daniel Quintero en la Convención Nacional del Pacto Histórico. FOTO: COLPRENSA
    Daniel Quintero en la Convención Nacional del Pacto Histórico. FOTO: COLPRENSA

La renuncia de Daniel Quintero a la consulta presidencial del Pacto Histórico desató una tormenta política que evidenció contradicciones en sus declaraciones públicas y una lectura confusa de las normas electorales a 11 días de que se lleven a cabo.

Las versiones cambiantes sobre su inscripción, el tarjetón, las reglas de participación y las inhabilidades dejaron al descubierto un intento por justificar una decisión que afectó a todo el bloque de izquierda. Estas son cinco afirmaciones del exalcalde que no corresponden con los hechos.

1. “No autoricé a inscribirme con un partido”

Falso. En una entrevista radial, días antes a su retiro de la consulta, había dicho que “cuando nosotros inscribimos nuestras candidaturas, las inscribimos no solo como Pacto Histórico, sino también, al mismo tiempo, por los tres partidos. Nosotros la inscribimos también por los tres partidos”.

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2. Discusión sobre el tarjetón

Quintero y Corcho han dicho que la Registraduría les cambió las reglas de juego sobre el tarjetón para que apareciera el logo del Pacto Histórico. No fue un “capricho” de esa entidad sino que obedeció a la decisión judicial que para ese momento, 4 de octubre, estaba vigente.

Esa orden, emitida por el CNE, definía que la consulta debía tramitarse como un proceso interpartidista, lo que impedía el uso del logo del Pacto Histórico como si se tratara de un único partido. Por eso, el tarjetón debía reflejar los símbolos de las colectividades que conforman la coalición —Polo Democrático, Unión Patriótica y el Partido Comunista—, en lugar de un emblema común.

El cambio no surgió de una decisión política, sino de una obligación legal. En ese punto, la Registraduría ya había avanzado con la impresión de millones de tarjetas electorales, conforme al calendario oficial. Rehacer o rediseñar el material habría implicado incumplir los plazos y generar un gasto adicional con recursos públicos.

Presentar el ajuste como una maniobra o una “jugada” desconoce que el procedimiento obedecía a un mandato judicial y a los tiempos técnicos de la organización electoral. Lo que Quintero y Corcho plantearon como un cambio de reglas fue, en realidad, la aplicación de una decisión de obligatorio cumplimiento que ya estaba en firme.

3. “Puedo ser candidato; me retiré”

Justamente, según los expertos, ese fue su error. Pues al haber presentado el retiro formal de su candidatura ante la Registraduría, el exalcalde quedó inhabilitado para participar en una eventual consulta en marzo y en la primera vuelta presidencial en mayo.

Entérese: “Quintero se autoeliminó de las elecciones de 2026”: exregistrador Portela explica el “tiro en el pie” del exalcalde al retirarse de la consulta

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 1475 de 2011, la renuncia presentada por Quintero tuvo efectos jurídicos inmediatos. La norma establece que un aspirante se convierte en candidato desde el momento en que su inscripción queda en firme y, una vez consolidada, no puede volver a participar en otro proceso de selección dentro del mismo calendario electoral.

En consecuencia, su retiro no lo eximió del acto de inscripción, sino que lo dejó vinculado a él, impidiéndole figurar en futuras consultas o elecciones presidenciales.

El error estuvo en formalizar la renuncia ante la Registraduría. Si hubiera mantenido su aspiración o esperado el resultado de la consulta de octubre, aún habría tenido margen para participar en marzo. Pero al oficializar su retiro, su candidatura quedó jurídicamente consolidada y sujeta a las restricciones que impone la ley, lo que lo deja inhabilitado no solo para la consulta, sino también para la contienda presidencial de 2026.

4. Consulta partidista vs interpartidista

El propio Quintero dijo en medios que ellos se habían inscrito por la sumatoria de tres colectividades. No pudieron haberse inscrito como Pacto Histórico y competir en una consulta partidista porque el CNE fue claro en que la fusión de partidos es interpartidista y cada uno se presentó en nombre de una colectividad.

Según dijo, el Pacto Histórico funcionaba hasta ese momento como una figura de integración política y, ante los ajustes ordenados por decisiones judiciales, su equipo decidiría “cuál de los tres partidos era el correcto” para mantener la candidatura en firme.

También admitió que ni él ni Carolina Corcho pertenecían formalmente a una colectividad con personería jurídica y que, como el Consejo Nacional Electoral había aplazado la fusión de los partidos hasta noviembre, su inscripción se había hecho precisamente para anticipar ese escenario.

El CNE ha sido explícito al establecer que esa fusión de partidos no convierte al Pacto Histórico en una entidad única automáticamente: mientras no se confirme formalmente la fusión, los candidatos deben estar inscritos por cada partido componente. En ese marco, Quintero no puede alegar que la transformación del proceso lo dejó fuera de juego, dado que él mismo aceptó desde el origen esa modalidad de inscripción múltiple.

4. “Participar en octubre me inhabilita a marzo”

No realmente. Al revés, según varias interpretaciones, la consulta de octubre era un paso previo para una eventual consulta en marzo. El exregistrador Portela explicó que el ganador de la consulta del Pacto, según la norma, podría participar en marzo o directamente en mayo.

En suma, las versiones contradictorias de Quintero sobre su inscripción, el tarjetón, las inhabilidades y la naturaleza de la consulta reflejan más un desacuerdo político que una controversia jurídica.

Las normas y decisiones del CNE dejaron establecido que los procesos interpartidistas deben regirse por reglas uniformes y que las candidaturas se consolidan desde su inscripción formal.

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