El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela presentada por Marelen Castillo contra una decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE), que había revocado su aspiración al Senado por el Centro Democrático.
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La aspiración al Senado de Marelen Castillo enfrenta un nuevo revés judicial. El Tribunal Superior de Bogotá rechazó su tutela contra el CNE, lo que mantiene vigente la decisión que cuestiona su candidatura por presunta doble militancia.
El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela presentada por Marelen Castillo contra una decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE), que había revocado su aspiración al Senado por el Centro Democrático.
La película empezó cuando este tribunal revocó la candidatura al Senado de Castillo, que se ubica en el puesto 20 de la lista cerrada de la colectividad uribista, por lo que el CNE la señaló de incurrir en doble militancia.
Es decir, si alguien quiere lanzarse por partidos o movimientos diferentes, debe renunciar al menos 12 meses antes de la inscripción de los candidatos. En la lógica del CNE, Castillo debió haber renunciado a su curul en 2024 si quería aspirar por el Centro Democrático.
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La candidata obtuvo su curul actual por el estatuto de oposición, ya que fue la fórmula a la vicepresidencia del fallecido Rodolfo Hernández. Pero no es claro si la curul pertenecía a la Liga de Gobernantes Anticorrupción, porque, al momento de la elección, esta era un Grupo Significativo de Ciudadanos, no un partido. Nueve meses después se convirtió en uno.
Sin embargo, Castillo sostuvo que nunca se afilió formalmente a ese partido, y que la curul hizo parte, precisamente, del estatuto de oposición, más no de una militancia partidista que ella haya expresado de manera expresa y voluntaria.
Ahora, el Tribunal Superior de Bogotá no dijo que el CNE tuviera la razón de fondo en el asunto, sino que argumentó con un tema procesal que la tutela no es el mecanismo adecuado. Le dijeron que eso no era con ellos, por ahora, y se debe a la subsidiariedad.
Esto es un principio que indica que la tutela procede si no ha habido otro mecanismo judicial eficaz, que, hasta ahora, el Tribunal dijo que no se ha usado el contencioso-administrativo.
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“Aunque la sala civil del Tribunal Superior de Bogotá me negó la tutela, el tribunal no se pronunció de fondo sobre la existencia o no de doble militancia, ese debate debe ser adelantado ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, y ahí lo llevaré”, expresó Castillo en un video.
Luego, añadió, indignada: “nunca milité en el partido de Rodolfo Hernández, nunca asistí a las asambleas de constitución, nunca estuve dentro de sus cuadros directivos. Reitero que el CNE vulneró y pisoteó mis derechos como mujer. Continuaré adelante, confiando siempre en la justicia, Marelen no se rinde”.
Finalizó cuestionando que cómo iba a ir a un partido donde la “violentaron, como consta en documentos radicados en el CNE, que no hizo nada para defender mis derechos como mujer”.
En teoría, debe ser con lo contencioso-administrativo, que es la jurisdicción especializada en resolver conflictos entre particulares y la Administración Pública.
La tutela negada pedía dejar sin efecto las resoluciones del CNE, restablecer su candidatura al Senado y proteger sus derechos a la participación política, igualdad y debido proceso.
El abogado de Castillo está pidiendo que un juez de segunda instancia revoque el fallo del Tribunal, y dijo a su vez que la controversia no se reducía a un debate “abstracto”.
En otras palabras, que el Tribunal no habría tenido en cuenta que la decisión se toma a pocos días de las elecciones, lo que hace “materialmente inviable que la jurisdicción contencioso-administrativa pudiera adoptar una decisión eficaz antes del 8 de marzo de 2026. Por ende, la decisión sería irreversible.
No parece haber tiempo para que Marelen Castillo pueda recuperarse del golpe.