Tras la posesión de Abelardo de la Espriella, que incluyó un momento religioso con la participación de representantes de distintos credos, el presidente del Senado, Honorio Miguel Henríquez Pinedo, impugnó el fallo de tutela que le ordenaba, junto con el mandatario, ofrecer excusas públicas por dicho acto.
El escrito, radicado ante el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá D.C., a cargo del juez Andrés Gómez Abadía, corresponde a la acción de tutela promovida por un ciudadano en contra del presidente de la República, el Senado y la Cámara de Representantes.
En el documento, Henríquez señala que actúa en su condición de presidente de la corporación, dignidad para la cual fue elegido por la plenaria del Senado para el período legislativo 2026-2027.
El congresista argumenta que el fallo recurrido le atribuyó una consecuencia jurídica de carácter personal por actuaciones que, según sostiene, se produjeron dentro de una sesión parlamentaria y que en algunos casos correspondieron a una voluntad colegiada, formada mediante proposición, deliberación y votación del Congreso pleno.
Con base en ello, plantea que la decisión judicial proyectó esa imputación sobre una orden que —a su juicio— predetermina el escenario, la oportunidad y el contenido de una futura intervención institucional.
La impugnación somete el fallo a un análisis desde cuatro ejes constitucionales: la inviolabilidad parlamentaria, la separación funcional del poder y la autonomía del Congreso, la distribución orgánico-funcional de competencias establecida en la Ley 5ª de 1992, y lo que Henríquez considera una indebida subsunción del principio de laicidad y del deber estatal de neutralidad religiosa frente a lo ocurrido durante la posesión presidencial.
Abelardo ya pidió excusas
“Aunque me identifico como creyente (soy católico), respeto la separación entre la Iglesia y el Estado”, dijo el presidente Abelardo de la Espriella al final del mensaje que dio a los colombianos el pasado domingo 30 de agosto, en un espacio ya recurrente desde que ganó las elecciones.
Como le ordenó el juez quinto laboral del circuito de Bogotá, el presidente cumplió el fallo de tutela y pidió excusas por “si alguien se sintió incómodo” con los actos religiosos que se llevaron a cabo el día de la posesión presidencial en la Arena USC en la Universidad Santiago de Cali, cuando hablaron sacerdotes, un pastor y un rabino.
“Si este acto pudo generar incomodidad, o si ofendió a alguna persona, en mi condición de jefe de Estado, ofrezco excusas por ello”, dijo De la Espriella. Y se despidió con un mensaje: “Que viva Cristo rey”.
Según el fallo, De la Espriella debía ofrecer disculpas públicas a todo el país a más tardar el 30 de septiembre. Y es que, si bien el juez reconoció que los funcionarios tienen derecho a la libertad religiosa, señaló también que, mientras ejercen funciones públicas, deben evitar asociar su cargo con un credo particular.
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Para el juez, el espacio de alabanza dentro de la posesión presidencial desconoció el carácter laico del Estado.
En contexto: De la Espriella cumplió fallo en alocución: pidió excusas por vulnerar neutralidad religiosa
Bloque de preguntas y respuestas:
- ¿Por qué presentó el presidente del Senado, Honorio Miguel Henríquez, una impugnación contra la tutela de la posesión?
- Henríquez impugnó el fallo al considerar que se le atribuyeron consecuencias jurídicas de carácter personal por decisiones tomadas en una sesión parlamentaria y de voluntad colegiada. Argumenta que la orden vulnera la inviolabilidad parlamentaria, la autonomía del Congreso y la separación de poderes.
- ¿Qué autoridad judicial tramita la impugnación interpuesta por el presidente del Senado?
- El recurso fue radicado ante el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá D.C., bajo el despacho del juez Andrés Gómez Abadía.
- ¿Por qué obligaron al presidente Abelardo de la Espriella y al Congreso a pedir disculpas públicas?
- El juez de tutela consideró que la inclusión de discursos y actos religiosos de sacerdotes, pastores y un rabino en la posesión presidencial —realizada en la Arena USC de la Universidad Santiago de Cali— vulneró el principio de laicidad del Estado y el deber de neutralidad religiosa de los servidores públicos.