Como presunto responsable de realizar tocamientos indebidos a su sobrina, de 11 años, un Juez de control de garantías accedió impuso medida de aseguramiento en centro carcelario en contra de un religioso de 57 años de edad, quien se desempeña como sacerdote en un municipio costero del Urabá antioqueño.
En un corto comunicado informando la noticia, la Fiscalía no entregó detalles que permitan dar con la identidad del sacerdote.
Lo único es que los presuntos hechos ocurrieron en diciembre de 2024 en la casa cural de la iglesia de la cual el procesado era párroco. La víctima estaba de visita donde su tío para pasar las vacaciones de fin de año, situación que el sacerdote habría aprovechado para realizarle tocamientos de carácter sexual a la menor en varias oportunidades.
El investigado no aceptó los cargos imputados por un fiscal de la seccional Antioquia por el delito de actos sexuales con menor de 14 años agravado. Por este delito, el sacerdote podría enfrentar una pena de más de 13 años de prisión.
Durante décadas, cuando había denuncias de abuso sexual al interior de una comunidad religiosa, las personas preferían mantenerlo en secreto o denunciarlo directamente al interior de la iglesia, donde rara vez las investigaciones avanzaban y casi nunca había sanciones para los criminales. Por esto, es importante, ante la queja de cualquier menor o algún indicio de un posible abuso sexual, recurrir a las autoridades competentes lo más pronto posible.
La iglesia ya no puede mantener información secreta sobre casos de pederastia
Los casos de abuso sexual de sacerdotes contra niños, niñas y adolescentes serán de conocimiento público. Así lo decidió el pasado mes de mayo la Sala Plena de la Corte Constitucional al ordenar a la iglesia Católica a liberar los archivos que dan cuenta de estos delitos dentro de la curia colombiana.
El alto tribunal resolvió más de cien acciones de tutela que fueron interpuestas por los periodistas Juan Pablo Barrientos y Miguel Ángel Estupiñán. Así se dio fin a un proceso que estuvo en estudio por diez años y que estuvo marcado por las aparentes trabas de la institución religiosa para garantizar el acceso a la información.
Ahora, la iglesia deberá entregar datos personales de los sacerdotes, presbíteros o colaboradores que estuvieron denunciados dentro de la institución por cometer abusos sexuales contra los menores de edad. Además, deberán entregar los decretos que den cuenta de las sanciones que interpusieron a los implicados por sus aparentes conductas.
Las sentencias de la Corte T-091-20 y SU-191-22 ya obligaban a la iglesia a entregar la información solicitada. Sin embargo, el clero se oponía y alegaba que estaban amparados por el secreto pontificio. Aún así, con la poca información que había se lograron documentar 517 casos de sacerdotes que habrían abusado de niños y niñas: ninguno de los casos fue remitido a las autoridades judiciales.
La decisión dejó claro que cualquier ciudadano, a través de un derecho de petición, podrá acceder a la información sobre casos de pederastia en Colombia.