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Supersociedades decreta medidas provisionales para proteger activos de Canacol en Colombia

La Superintendencia de Sociedades anunció un conjunto de medidas transitorias para blindar los activos y la operación de cuatro compañías del Grupo Canacol en Colombia, con el fin de evitar embargos, garantizar liquidez y mantener la continuidad del negocio mientras avanza el proceso de reconocimiento extranjero.

  • Desde hace varias semanas Canacol inició una serie de procesos de reestructuración en Colombia y el exterior. FOTO cortesía Canacol
    Desde hace varias semanas Canacol inició una serie de procesos de reestructuración en Colombia y el exterior. FOTO cortesía Canacol
hace 2 horas
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La Superintendencia de Sociedades informó que, mediante el Auto 2025-01-844296 del 11 de diciembre de 2025, se decretaron medidas provisionales en los procesos de Canacol Energy Colombia S.A.S., CNE Oil & Gas S.A.S., Cantana Energy Sucursal Colombia y Cneog Colombia Sucursal Colombia.

Según explicó la entidad, estas acciones tienen como propósito proteger los activos de las compañías frente a eventuales embargos o ejecuciones individuales, los cuales podrían comprometer la continuidad del negocio. Asimismo, buscan garantizar la operación diaria y el flujo de ingresos, evitando cualquier parálisis causada por restricciones de liquidez.

El auto expedido establece una serie de medidas cautelares orientadas a preservar el patrimonio de las empresas y asegurar su funcionamiento.

De ese paquete hace parte la prohibición de admitir o continuar demandas de ejecución o cualquier proceso de cobro en contra de las compañías involucradas, incluyendo acciones sobre garantías reales y mobiliarias. Y se incluye una declaratoria de nulidad de todas las actuaciones que desconozcan esta prohibición, así como la suspensión de cualquier proceso de ejecución contra los bienes de las deudoras y de cualquier medida que impida su operación normal o la dificulte.

La entidad ordenó la disponibilidad inmediata de las cuentas bancarias relacionadas en la solicitud, sin restricciones cautelares y expidió una prohibición de terminación unilateral de contratos vigentes con las compañías y otra prohibición de ejecutar garantías reales otorgadas por las deudoras.

Estas medidas tienen un carácter estrictamente transitorio y estarán vigentes hasta que se tome una decisión sobre el reconocimiento extranjero. En ese momento, podrán mantenerse o complementarse con nuevas disposiciones de protección.

“Las medidas armonizan la normativa nacional con estándares internacionales”

El superintendente de Sociedades, Billy Escobar, destacó que las medidas cautelares buscan asegurar una respuesta coordinada bajo parámetros internacionales.

Según afirmó, “con las medidas cautelares decretadas se asegura la armonización de la normativa nacional con los estándares internacionales, garantizando que dichas medidas no vulneran el orden público ni los derechos de los acreedores, por cuanto son equivalentes a las aplicadas en los procesos internos para salvaguardar el patrimonio del deudor y asegurar la continuidad de la empresa como unidad productiva”.

Las medidas provisionales forman parte del trámite concursal vinculado al reconocimiento extranjero, una figura que permite coordinar actuaciones judiciales entre jurisdicciones cuando una empresa enfrenta dificultades financieras transnacionales.

Para la Superintendencia de Sociedades, estas acciones son clave para preservar la estabilidad operativa del Grupo Canacol en Colombia, un actor relevante del sector energético, mientras se determina el alcance definitivo del proceso.

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