El 30 de enero de 2024, el entonces ministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán, firmó el decreto que designaba a Alfredo Molano Jimeno como Consejero de Relaciones Exteriores en México. Sin embargo, el pasado 6 de agosto, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró nulo este acto por dos razones principales:
El primero, por la falta de competencia del funcionario que emitió el decreto, debido a que Leyva ya había sido suspendido de su cargo por la Procuraduría General desde el 24 de enero de 2024, una semana antes de designar a Molano.
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El segundo, porque la Cancillería vulneró del régimen especial de carrera diplomática y consularal no justificar la designación de un funcionario externo sin verificar si había miembros de carrera disponibles.
¿Qué dijo el Tribunal sobre la provisionalidad?
Además, determinó que sí había funcionarios inscritos en la carrera diplomática y consular que cumplían con los requisitos para ocupar el cargo.
El fallo advierte que la figura de provisionalidad es de “última ratio” y no puede utilizarse sin demostrar previamente que no hay personal de carrera disponible.
Este, también refuerza el principio de mérito como base para acceder a cargos diplomáticos en Colombia y advierte a la Cancillería sobre la obligación de cumplir con las normas que protegen la carrera diplomática.
El cónsul anterior también fue retirado por no cumplir requisitos legales
El caso de Alfredo Molano Jimeno no es el único en el que un funcionario de la misión diplomática de Colombia en México ha sido retirado por irregularidades en su designación.
En 2024, el entonces cónsul Andrés Hernández también fue suspendido y posteriormente renunció tras una serie de decisiones judiciales y denuncias administrativas.
Contexto: Andrés Hernández, el polémico cónsul de Colombia en México, renunció tras ser suspendido de su cargo, ¿será nombrado en el Gobierno?
Hernández, cercano al presidente Gustavo Petro, fue nombrado por primera vez en febrero de 2023. Sin embargo, su nombramiento fue anulado en dos ocasiones —la primera por el Consejo de Estado en marzo de 2024 y la segunda por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en octubre del mismo año— por incumplir los requisitos establecidos en el régimen de carrera diplomática.
Además de las irregularidades en su nombramiento, Hernández enfrentó denuncias por presunta estafa, deudas con personal del consulado y comportamientos considerados inapropiados durante su gestión.
Una de las acusaciones más graves fue presentada por una exfuncionaria con más de dos décadas de servicio, quien aseguró que Hernández le debía más de 80 millones de pesos por concepto de un préstamo.
Ambas situaciones puestas en común
Estas situaciones coincidieron en aspectos centrales: ambos funcionarios fueron nombrados en provisionalidad sin que se acreditaran las condiciones excepcionales exigidas por la ley, y sin que se demostrara la imposibilidad de designar a funcionarios inscritos en la carrera diplomática.
En el caso de Alfredo Molano Jimeno, el Tribunal subrayó que el Ministerio de Relaciones Exteriores tampoco acreditó si existían situaciones administrativas, como comisiones de estudio o licencias, que impidieran convocar a diplomáticos de carrera para ocupar el cargo.
La sentencia también destacó que, aunque el presidente de la República expidió el decreto que encargó al nuevo canciller diez días después de la suspensión de Álvaro Leyva Durán, esta circunstancia no habilitaba al funcionario suspendido para continuar ejerciendo funciones.
En consecuencia, el acto administrativo que designó a Molano fue declarado nulo en su totalidad por haberse expedido sin competencia legal y sin cumplimiento del marco normativo aplicable.
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