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¿Qué pasó? La plaza Mayorista está en el ojo de la justicia por desalojo de vendedores informales

Un inicidente de desacato fue interpuesto contra la central de abastos por incumplir una acción de tutela que favoreció a uno de los vendedores sacados de uno de sus bloques.

  • Adelante, incidente de desacato contra la Central Mayorista de Antioquia. Atrás, fachada de la plaza de abastos. FOTO: Esneyder Gutiérrez
    Adelante, incidente de desacato contra la Central Mayorista de Antioquia. Atrás, fachada de la plaza de abastos. FOTO: Esneyder Gutiérrez
hace 1 hora
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La Central Mayorista se habría visto involucrada en una decisión judicial luego de, al parecer, desalojar a algunos vendedores informales de uno de sus bloques sin previa orden judicial, ni administrativa.

Según conoció este diario, uno de los afectados por el desalojo interpuso una acción de tutela el pasado 11 de julio ante el Juzgado 3° Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Medellín, buscando poder reingresar al Bloque 26 de la copropiedad.

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En ese entonces, el juzgado le habría dado la razón al demandante y habría ordenado a la plaza que, en un plazo no mayor a 48 horas, permitiera el reingreso del vendedor informal y le permitiera continuar con su labor hasta que la autoridad competente definiera la situación de fondo.

Sin embargo, el vendedor informal volvió al despacho el pasado 8 de septiembre indicando que en la Mayorista no habían cumplido el fallo por lo que solicitó la apertura de un incidente de desacato en contra de la Copropiedad Central Mayorista de Antioquia P.H.

“El accionante señala que la accionada (la central) ha incumplido lo dispuesto en dicho fallo, ya que ha sido retirado de su puesto de trabajo en reiteradas ocasiones sin justificación alguna”, se lee en el documento judicial.

Por ello, nuevamente el juzgado le ordenó al administrador y Representante Legal Regional de la Central Mayorista de Antioquia que cumpla el fallo de tutela del 11 de julio.

“Igualmente, deberá informar el motivo del incumplimiento o poner en conocimiento del despacho las actuaciones adelantadas por esa dependencia y allegar los soportes correspondientes que acrediten su acatamiento. Para ello se otorga un término de dos (2) días. En caso de no ser el responsable del cumplimiento del fallo de tutela, deberá indicar quién es la persona competente”, añadió el juzgado en su decisión del pasado 9 de septiembre.

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En el documento, el juzgado señaló que el desacato podría dar lugar a la imposición de sanciones como arresto hasta por seis meses y multa hasta por 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Este diario intentó contactarse con el área de comunicaciones de la Central Mayorista, pero hasta el momento de la publicación de esta nota no fue posible conocer su postura.

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